Todo extranjero tiene derecho a adquirir en todo o en parte las acciones o cuotas sociales de una sociedad paraguaya, no pudiendo ser parte del directorio hasta no obtener la radicación en el país.
En caso de que el comprador sea extranjero no es necesario, puesto que ya se hizo las declaraciones y gestiones pertinentes en su país de origen y quedaría a cargo del vendedor justificar de dónde provino el fondo que ingrese a su cuenta bancaria, mediante el contrato privado donde menciona de que banco y país proviene el dinero por la venta.
Paraguay no posee convenio de reciprocidad en la información de los movimientos financieros y/o económicos (compras, adquisiciones, fusiones) realizados por extranjeros. Es decir no informa al país de origen de la persona física o jurídica los movimientos financieros y/o económicos en el territorio paraguayo.
No, Paraguay posee un régimen de renta territorial y tanto los extranjeros como los nacionales, radicados o no radicados no tributan por las utilidades, fondos o bienes que posea en el extranjero.
Esta fórmula refiere a que los tres tributos más relevantes -impuesto al valor agregado (IVA), a la renta personal y a la renta empresarial- tienen la misma tasa: 10%.
Ese porcentaje es el más bajo de toda América Latina para los tres gravámenes, exceptuando el IVA en Panamá..
Paraguay posee la tasa fiscal mas baja de America latina, el IVA sobre los alquileres es del 5% sobre el canon locativo y sobre la venta un inmueble es del 1,5%, calculado sobre el precio de venta.